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Reforma Fiscal Venta y Alquiler de Viviendas

03mar
Escrito por: Inmojet   10:46 horas   Sin comentarios

Mucho se ha hablado de la reforma fiscal que ha entrado en vigor el 1 de Enero de 2015. En el borrador original, se perjudicaba especialmente a los propietarios de viviendas que compraron antes de 1994. Finalmente, Hacienda reformuló su propuesta y se suavizó dicho “castigo”. Pero, ¿cuál es la diferencia entre haber vendido en el año 2014 y hacerlo ahora en el 2015? ¿cómo afecta la reforma a arrendatarios y arrendadores?

Cuando un propietario decide vender una vivienda debe tributar en el IRPF por la plusvalía generada. Hasta ahora, se contemplaban dos beneficias fiscales:

Coeficientes de Actualización: corrigen el efecto de la inflación sobre el valor de los inmuebles (el dinero no vale lo mismo hoy que hace 15 años)

Coeficientes de Abatimiento: no sólo se aplican a los activos inmobiliarios sino a toda ganancia patrimonial (acciones, fondos de inversión) adquirida antes de 1994.

A partir del 1 de Enero de 2015, el efecto de los coeficientes de abatimiento se limita hasta los primeros 400.000 euros, de manera que los activos adquiridos antes de 1994 y que se vendan por debajo de 400.000 euros evitan la subida impositiva. Por otra parte, se eliminan los coeficientes de actualización.

En conclusión, hay un incremento tributario considerable principalmente para aquellos que adquirieron su vivienda después de 1994 y que no tienen derecho a aplicar los coeficientes de abatimiento.

A continuación, aparece un ejemplo que muestra la subida impositiva con la nueva reforma fiscal (Fuente Cinco Días):

Un contribuyente compró una vivienda en 1993 por 80.000 euros y va a venderla por 150.000. La diferencia entre vender en 2014 y 2015 es la siguiente.

 

IRPF

 

Los mayores de 65 años no van a tributar por ganancia patrimonial si reinvierten el dinero por la venta de un activo con un límite de 240.000 euros en una renta vitalicia en los seis meses siguientes.

En cuanto a los nuevos alquileres firmados a partir del 1 de Enero de 2015, se suprime la exención del 100% si se alquila una vivienda a un menor de 35 años. Se mantiene una deducción del 60% para los ingresos de los arrendadores.



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